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Principales características

Estos criterios son obligatorios a partir del 1 de enero del 2011 para todas las escuelas públicas y privadas de educación básica.

Considera como principales criterios Etapa II (Agosto 2011- Julio 2012):
  • Energía por porción <= 130 kcal
  • Grasas totales <= 40%
  • Se disminuyen criterios para grasas saturadas y grasas trans.
  • Se añaden criterios para sodio, azúcares añadidas, mínimo de proteínas y fibra.
- Incluyen, tanto alimentos preparados en la escuela como alimentos procesados disponibles en la misma.

Importante: Los lineamientos son un estándar nacional que debe aplicarse en todas las entidades federativas, son criterios de aplicación obligatoria en alimentos y tienen una gradualidad de implementación durante tres ciclos escolares a partir del Ciclo Escolar 2010-2011. Actualmente aplican los criterios para Etapa II.


CATEGORIAS CRITERIOS NUTRIMENTALES Etapa II (Agosto 2011 a Julio 2012) Etapa III (Agosto 2012 en adelante)
Preparaciones de alimentos 1,11 Porción (kcal) 180 180
Proteína (% de kcal) 10 10
Azúcares y otros edulcorantes calóricos Sin azúcares añadidos Sin azúcares añadidos
Grasa saturadas (% de kcal) 15 10
Ácidos grasos trans (g por porción) 0.5 0.5
Sodio (mg/ porción) 230 220
Cereales de grano entero (% de los productos) 66 100
Grasas totales <= a 35% del total de kcal <= a 30% del total de kcal
Bebidas para primaria 1,3,4 Se debe garantizar la disponibilidad de agua simple potable
Bebidas para secundaria 1,3 Porción (ml) 250 250
Calorías por porción (kcal. máximo) 10 10
Sodio (mg por porción) 55 55
Edulcorantes no calóricos (mg / 100 ml) 45 (112.5 mg en 250 ml) 40 (100 mg en 250 ml)
Leche 1,5,6
(incluye fórmulas lácteas y productos lácteos combinados - No considera alimentos lácteos)
Porción (ml) 250 250
Calorías por 100 g (kcal) 50 (125 kcal en 250 ml) 50 (125 kcal en 250 ml)
Grasas totales (en 100 g) 1.6 (4g en 250 ml) 1.4 (3.5g en 250 ml)
Yogurt  y alimentos lácteos fermentados 1,5,6 Grasas totales (100 g o ml) Sólido = 2.5 (6.25 g en 150 g) Sólido = 2.5 (6.25 g en 150 g)
Bebible = 1.6 (4 g en 250 ml) Bebible = 1.4 (3.5 g en 250 ml)
Porción (g o ml) Sólido = 150 Sólido = 150
Bebible = 250 Bebible = 200
Azúcares (% de calorías totales respecto a azúcares añadidos) 35 30
Jugos de
futas y verduras 1,5
Azúcares totales (g por porción) Según la norma NOM-173-SCFI-2009 Jugos de frutas preenvasados, denominaciones, especificaciones físicoquímicas, información comercial y métodos de prueba
Porción (ml) 200 125
Calorías por porción (máximo) 110 70
Néctares 1,5 Porción (ml) 200 125
Calorías por porción (máximo) 110 70
Alimentos líquidos de soya 1,5   Porción (ml) 200 125
Sodio (mg por 100ml) 110 110
Grasas totales (g por 100ml)
Las grasas saturadas no deben rebasar 21% de grasas totales
2.5 (5 g en 200 ml) 2.5 (5 g en 200 ml)
Calorías por porción (kcal, máximo) 140 100
Proteína (gr por porción) Mínimo 6.2 3.8
Alimentos líquidos de soya con jugo   Porción (ml) 200 125
Sodio (mg por 100ml) 70 50
Calorías por porción (kcal, máximo) 100 60
Proteína (gr por porción) Mínimo 1.2 0.75
Botanas 1,7,9 Porción (kcal) 130 130
Grasas totales (% de calorías totales) 40 35
Grasas saturadas (% de calorías totales) 25 15
Ácido grasos trans (g por porción) 0.5 0.5
Azúcares añadidos (% de calorías totales) 10 10
Sodio (mg por porción) 200 180
Galletas,
Pastelillos, 
confites y postres 1,8,10
Porción (kcal) 130 130
Grasas totales (% de calorías totales) 40 35
Grasas saturadas (% de calorías totales) 20 15
Ácido grasos trans (g por porción) 0.5 0.5
Azúcares añadidos  (% de calorías totales) 25 20
Sodio (mg/porción) 200 180

1 Todos los productos deberán contener sólo una porción
2 Los parámetros se refieren a menor o igual que
3 En bebidas se manejan dos propuestas: primaria y secundaria. Sin cafeína y sin taurina
4 Estos criterios incorporan el compromiso de la industria de coadyuvar al consumo de agua simple y potable, de manera que, en un plazo máximo de 2 meses después de haber comenzado el ciclo escolar 2010-2011, se retirarán las bebidas azucaradas.
5 Podría permitirse el uso de edulcorantes no calóricos en leche, néctares, yogurt y bebidas de soya, siempre y cuando estén aprobados para el consumo de niños en el Codex Alimentarius.
6 Ácidos grasos trans no aplica cuando son de origen natural como en lácteos.
7 El grupo de las oleaginosas (por ejemplo: cacahuates, nueces, almendras, pistaches, etc.) y leguminosas secas (por ejemplo: habas secas) no se encuentra sujeto al criterio de grasas totales por su alto valor nutrimental ya que, a pesar de su alto contenido de grasas, su consumo moderado ha sido asociado con efectos positivos para la salud, siempre y cuando no tengan grasas añadidas. Aplican los demás criterios para botanas.
8 Podría permitirse el uso de edulcorantes no calóricos en galletas, pastelillos y postres, siempre y cuando estén aprobados para el consumo de niños en el Codex Alimentarius.
9Dentro de la categoría de botanas, se podrán registrar el grupo de alimentos denominado “queso para lunch”, debiendo cumplir con los siguientes criterios nutrimentales:

 
Etapa II
Etapa III
Porción (g) 30 30
Energía total (kcal) <= 90 <= 80
Grasas totales (g) <= 8 <= 6
Grasas saturadas <= 4 <= 3.5
Grasas totales (% de kcal totales) 80 % 67 %
Grasas saturadas (% de kcal totales) 40 % 39 %
Ácido grasos trans 0 0
Sodio (mg/porción) <= 175 <= 150


10En el caso de chocolates, estos deberán apegarse a lo marcado en la NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-186-SSA1/SCFI-2002, PRODUCTOS Y SERVICIOS. CACAO, PRODUCTOS Y DERIVADOS. I CACAO. II CHOCOLATE. III DERIVADOS. ESPECIFICACIONES SANITARIAS. DENOMINACIÓN COMERCIAL (DOF 8 noviembre 2002) Vigente a partir del 7 de mayo del 2003 y únicamente podrán expenderse de forma eventual (durante festividades tales como día de reyes, día del niño o eventos escolares)
11Se recomienda consumir preferentemente embutidos bajos en sodio y grasas, con una porción máxima de 30gr (una rebanada delgada) y 30kcal de aporte calórico; así como consumir preferentemente quesos bajos en sodio y grasas, con una porción máxima de 20gr (una rebanada delgada) y 30kcal de aporte calórico.